Gracias a todos por vuestras firmas en contra de la ordenanza!!
Eso sí, no deja de sorprenderme que las multas en caso de maltratato son mucho menores que las que se pretendían fijar en caso de alimentar a animales callejeros...
El Ayuntamiento de Oviedo permitirá, con condiciones, alimentar a los animales callejeros.
Los ovetenses podrán seguir alimentando a los animales callejeros, como los gatos o las palomas, pero con una serie de condiciones, según consta en los artículos modificados de la ordenanza de convivencia ciudadana, y tras atender el Ayuntamiento las alegaciones presentadas por catorce asociaciones y particulares. De esta manera, desaparece la prohibición expresa a la alimentación en la calle de los animales, que había provocado rechazo en las asociaciones de amantes de los animales, pero esta práctica que realizan numerosos ciudadanos deberá atenerse a una serie de prescripciones.
Así, los alimentos deberán estar específicamente preparados para el animal y deben ser sólidos, deshidratados y que no produzcan olores ni sean susceptibles de ensuciar la calle. A la vez, se deberán retirar los recipientes empleados para transportar y ofrecer la comida, y los lugares donde se suministren los alimentos deberán estar suficientemente alejados para evitar concentraciones o bandadas de animales. El Ayuntamiento también ha aceptado que los alimentos puedan llevar aditamentos para lograr la esterilización y el control de las poblaciones de las especies.
La ordenanza de convivencia ciudadana incluye también un añadido en el que, además de prohibirse el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques y espacios públicos, se hace constar que el maltrato será multado. Las sanciones oscilan entre los 10 y los 300 euros, salvo en caso de reincidencia, en el que la multa puede llegar a los 1.500 euros.
Fuente: La Nueva España
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